“No es plata ni oro
lo que se llevan a España,
sino sudor y la sangre de los indios”
Fray Domingo de Santo Tomás
Con sorpresa y desagrado recibimos la noticia de que la empresa minera Bear Creek acaba de presentar una acción de amparo contra el Estado peruano por la derogatoria del infame Decreto Supremo N.º 083-2007-EM, que la habilitó para explorar y explotar siete concesiones mineras en las zonas de Kelluyo y Huacullani (provincia de Chucuito, Puno). En efecto, como se recuerda, en el año 2007 el gobierno aprista autorizó a través de dicho decreto a esta empresa canadiense a realizar actividades mineras en esta zona de frontera, algo que en principio está prohibido para los extranjeros en nuestro país, salvo que esas actividades sean declaradas expresamente como “necesidad pública” por parte del Poder Ejecutivo a través de un decreto supremo, conforme a lo exigido en el artículo 71 de la Constitución Política.
Ahora bien, conforme a lo referido en el D.S. 083-2007-EM, este gobierno consideró de necesidad pública el proyecto minero de la Bear Creek argumentando que “(…) mediante dicha excepción se trata de lograr el desarrollo de las zonas de frontera, con el consiguiente aumento del nivel de vida en la zona de incidencia (…)”. O sea que, para criterio del corrupto gobierno de García, la minería es el mejor camino para lograr el “desarrollo” de los pueblos quechuas y aymaras asentados en estas zonas, donde han vivido tranquilamente desde tiempos inmemoriales hasta que la invasión española y luego la república criolla llegaran para expoliar sus riquezas y recursos.
Entonces, si tenemos en cuenta que estos pueblos nunca han necesitado de la minería para existir –es más, a la fecha no existe ninguna comunidad campesina que haya “salido a adelante” gracias a esta actividad económica-, se concluye fácilmente que este argumento es absolutamente falaz y, por tanto, desde un inicio el mencionado D.S. 083 carecía de todo sustento legal, social y hasta económico, pues la referida “necesidad pública” no era tal, ya que estos pueblos han sabido desarrollarse a través de actividades más acordes con su entorno ambiental y su cultura ancestral.
Sin embargo, como si toda la sangre derramada por nuestros hermanos aymaras durante los recientes conflictos ocurridos en Puno no fuera suficiente, ahora los representantes de esta empresa, de la forma más descarada, han recurrir al Poder Judicial señalando que, con la derogatoria de este decreto, se les “ha vulnerado sus derechos”, como si ellos no hubieran afectado los derechos de los pueblos indígenas de Puno al momento de iniciar sus actividades sin llevar a cabo ningún proceso de consulta para preguntarles si querían o no vivir con la minería, conforme a lo exigido en el ya harto conocido Convenio N.º 169 de la OIT, vigente en nuestro país desde 1995 y de obligatorio cumplimiento a partir de esa fecha.
Pero, además, no debemos pasar por alto la incompetencia y, podemos decir incluso, mala fe de este corrupto gobierno aprista demostrada al momento de derogar el señalado D.S. 083 a través del D.S. 032-2001-EM. En efecto, basta dar una rápida mirada a la deficiente parte considerativa de este último dispositivo para darse cuenta de que el Ejecutivo no expresa ni un sólo argumento jurídico de peso para proceder a esta anulación -como muy bien pudieron haber sido la defensa de los derechos fundamentales y el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas, vulnerados por el proyecto minero de Bear Creek-, con lo cual lamentablemente se deja abierta la posibilidad de que tanto el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional (organismos ambos más que cuestionados) emitan un fallo favorable a la transnacional canadiense, con lo cual podría ocurrir que vuelvan surgir los hechos violentos que ya hemos vivido o, en el “mejor” de los casos, que todos los peruanos tengamos que pagar una elevada indemnización a esta empresa por los “daños generados” por la anulación del D.S. 083-2007-EM.
En efecto, vienen a colación de esto último los recientes dispositivos emitidos por el Ejecutivo para evitar el agravamiento de las protestas sociales en las ciudades de Arequipa y Áncash a raíz de los casos de Tía María y de la laguna Conococha, los cuales, lo mismo que el D.S. 032-2011-EM, carecen de fundamentos jurídicos consistentes, deficiencia tal que podría llevar a que varias empresas mineras que se sientan afectadas por similares razonas acudan a la justicia peruana aduciendo vulneración del debido procedimiento administrativo.
En conclusión, este corrupto gobierno aprista, que felizmente ya se va, deja al gobierno de Humala una bomba de tiempo cuyos impactos ya se pueden ir vislumbrando, pues nada evitará que las empresas mineras o de cualquier otra índole acudan a procesos judiciales o, mejor aún para ellas, a arbitrajes internacionales a través de los cuales solicitarán el pago de indemnizaciones por los “perjuicios ocasionados” por el Estado y, de ganar dichos procesos, las consecuencias las tendremos que asumir una vez más todos los peruanos.
A estar alertas, entonces.
Uno de los FAENONES del "Hortelano" que quiere vender el Perú como si fuera su chacra y nos considera "perros" que no "coimean" ni dejan "coimear".
ResponderEliminarEl 29 de Julio JUICIO A ALAN GARCIA.
En Puno CINCO MUERTOS mas de los 90 atribuibles a los FAENONES DE GARCIA (Bagua, Matarani, etc), que ahora quiere CONCESIONAR 20 AÑOS MAS CON TELEFONICA MOVISTAR. SIN QUE IMPORTEN LOS CIUDADANOS, USUARIOS.
ResponderEliminarESTE 29 DE JULIO 2011 JUICIO A GARCIA, POR LAS LIBERACIONES DE LOS CORRUPTOS QUIMPER, ESPINOZA, CROUSILLAT, LA VENTA DE COLLIQUE, DEL MINEDU EN SAN BORJA, SOBREVALORACION DEL TREN ELECTRICO y DEL ESTADIO NACIONAL.